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Abogado Subdivisión. División de Condominio en Mar del Plata


Conflictos entre titulares registrales de inmuebles por subdivisión, cuando uno de ellos se niega a realizar la subdivisión


División de Condominio: Si sos condómino de una propiedad, es decir que, sos titular registral de una parte o porcentaje del inmueble, y tenés conflictos con los otros condóminos o copropietarios, o bien, solo querés liquidar tu parte indivisa, consultáme. Cuando un inmueble pertenece a más de una persona, adquirido conjuntamente por compra y venta, por herencia o sucesión, o por donación, con el tiempo pueden surgir conflictos con los otros cotitulares, por desacuerdos, derivados de que uno o algunos de ellos, pide liquidar su parte indivisa, para obtener la parte que le corresponde. Puede pasar que uno de los condóminos o herederos habite en la propiedad, usándola plenamente, vulnerando el derecho de los demás dueños sobre ese inmueble. Ante la falta de acuerdo o ante la oposición del resto de los propietarios, se podrá requerir la división del condominio, ya sea acordando la venta del inmueble por acuerdo privado entre las partes, o recurriendo al trámite judicial de subasta. Además, a los copropietarios que no habitan en la vivienda, les les corresponderá percibir un canon locativo, hasta que se concrete la desocupación y venta del inmueble. También puede recurrirse a la subdivisión y adjudicación, en el caso de inmuebles donde se construyó más de una unidad funcional o departamento. Solicitá una entrevista personalizada para obtener Asesoramiento sobre éstas temáticas, entre otras. Recordá que cada caso es único e irrepetible.