Régimen de comunicación y cuidado personal de los hijos: ¿Cómo organizarse tras una separación?

Cuando se produce la ruptura de una pareja, una de las prioridades más urgentes es definir cómo se organizará la convivencia y el tiempo que cada progenitor compartirá con sus hijos. En nuestro estudio jurídico en Mar del Plata, con frecuencia recibimos consultas sobre qué significa la "custodia" bajo el Código Civil y Comercial actual y cómo se establece un régimen de visitas justo.

En este artículo abordamos los conceptos centrales para brindar claridad a las familias en etapa de transición.

1. Cuidado personal compartidos vs. unilateral

El derecho argentino prioriza el bienestar del niño, niña o adolescente, estableciendo como regla general el cuidado personal compartido. Esto significa que ambos progenitores mantienen el derecho y la responsabilidad de participar activamente en la crianza, educación y toma de decisiones importantes.

Existen dos modalidades principales:

  • Cuidado personal compartido indistinto (la modalidad preferida por la ley): El hijo reside de manera principal en el domicilio de uno de los progenitores, pero ambos comparten las decisiones y un régimen de contacto amplio con el otro.

  • Cuidado personal compartido alternado: El hijo pasa períodos de tiempo equivalentes conviviendo en el domicilio de cada uno de los progenitores (por ejemplo, semanas alternadas).

  • Cuidado personal unilateral: Se otorga de manera excepcional a uno solo de los progenitores cuando existen razones graves que así lo justifican para resguardar el interés superior del menor.

2. ¿Qué es el Régimen de Comunicación?

Lo que anteriormente se conocía como "régimen de visitas" hoy se denomina régimen de comunicación. Es el derecho-deber que tiene el progenitor que no convive habitualmente con el hijo (y también el propio menor) de mantener un contacto fluido, regular y sistemático.

Este régimen incluye:

  • Días de la semana y fines de semana alternados.

  • Distribución de vacaciones de invierno y verano.

  • Fechas festivas, cumpleaños y días especiales (Día del Padre/Madre).

  • Comunicación telefónica o por videollamada diaria.

3. ¿Qué ocurre si un progenitor impide el contacto?

El incumplimiento reiterado e injustificado del régimen de comunicación acordado o fijado judicialmente es una falta grave. Ante esta situación, el juez de familia puede adoptar diversas medidas:

  1. Apercibimientos e intimaciones judiciales.

  2. Fijación de astreintes (multas económicas diarias a favor del progenitor afectado mientras persista la negativa).

  3. Evaluación de un cambio en la modalidad del cuidado personal si la obstrucción perjudica el desarrollo emocional del niño.

4. La importancia de la mediación y los acuerdos

Siempre es aconsejable evitar litigios prolongados en materia de familia. A través de una mediación previa con patrocinio letrado, los progenitores pueden redactar un plan de parentalidad adaptado a la rutina escolar y laboral de la familia, el cual se presenta ante el juez para su homologación, adquiriendo fuerza de sentencia.

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En Estudio Jurídico Panizo priorizamos la búsqueda de acuerdos constructivos que protejan la estabilidad emocional de los menores, brindando el soporte legal necesario en el Fuero de Familia de Mar del Plata.




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