Condena por defraudación del fideicomiso. Abogados en Mar del Plata
1.-La maniobra defraudatoria del fiduciario, fue no invertir en la realización de la obra el dinero que recibió y disponer en su beneficio ese dinero.
2.-El Tribunal no sólo tuvo en cuenta la prueba instrumental agregada a la causa sino también la declaración de los testigos víctimas y valoró la declaración de una persona, quien trabajó para el acusado, y de la arquitecta quien explicó las deficiencias en la construcción del dúplex que debía entregarse a las partes querellantes.
3.-La entrega parcial del proyecto, justamente, resulta demostrativa de que el fiduciario no administró los bienes fideicomitidos con la diligencia debida perjudicándolos, defraudando los derechos de las víctimas.
4.-La acción típica no se configura por cualquier acto de disposición de los bienes fideicomitidos por parte del fiduciario, pues, lo trascendental en la administración del fideicomiso radica en que dicho acto debe fundamentarse en la consecución del fin perseguido por el fideicomiso.
5.-El fiduciario puede disponer o gravar la cosa dada en fideicomiso, pero la decisión de hacerlo no está sujeta a su libre albedrío, pues solo está facultado para hacerlo cuando el acto en cuestión sea necesario o conveniente.
6.-La falta de información a los fiduciantes por parte del acusado en su rol de fiduciario era una constante, como así también la falta de convocatorias formales o informales a asambleas informativas.
7.-La posible realización de un acuerdo demuestra la situación en la que se encontraban los fiduciantes como consecuencia de la deficiente administración del fiduciario.
8.-El imputado no invirtió los fondos recibidos en los respectivos fideicomisos, a sabiendas que debían ser invertidos con absoluta exclusividad para la ejecución de cada fideicomiso ni rindió cuentas en forma periódica, con información respecto a la ejecución de las obras y las decisiones sobre ellas.
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán, Fecha: 26 de septiembre de 2023, Cita: MJ-JU-M-146593-AR|MJJ146593|MJJ146593
Voces: DEFRAUDACIONES – ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES – FIDEICOMISO INMOBILIARIO – BIENES FIDEICOMITIDOS – PRUEBA EN EL PROCESO PENAL – TESTIGOS