Abogada Especialista en Juicios de Escrituración en Mar del Plata | Dra. Fernanda Panizo


⚖️ Convierta su Boleto en Título Perfecto de Propiedad

Tener posesión de un inmueble y el boleto de compraventa firmado no lo convierte en dueño ante la ley. Para proteger su patrimonio de embargos de terceros o reclamos de herederos del vendedor, es fundamental obtener la escritura traslativa de dominio.


En el Estudio Jurídico Panizo, gestionamos juicios de escrituración en el Departamento Judicial de Mar del Plata, obligando legalmente a la parte vendedora a cumplir con su obligación de escriturar. Con más de 20 años de experiencia, garantizamos que su título sea inatacable.

✅ ¿Cuándo es necesario iniciar un Juicio de Escrituración?

Vendedor que se niega o demora: Cuando la parte vendedora ya cobró el total del precio pero pone excusas o desaparece para no otorgar la escritura ante el escribano.

Vendedor Fallecido (Sucesión): Actuamos para que el juez de la sucesión del vendedor ordene la escrituración a favor del comprador con boleto legítimo.

Vendedor Desaparecido o No Localizable: Iniciamos la acción judicial contra un vendedor cuyo paradero se desconoce, logrando que el juez firme la escritura en rebeldía.

Lotes y Nuevas Construcciones (Fideicomisos): Reclamamos la escrituración de unidades funcionales en edificios nuevos o lotes en barrios privados cuando la constructora o fideicomiso incumple los plazos de entrega del título definitivo.


💡 ¿Por qué elegir al Estudio Jurídico Panizo para regularizar su título?

Estrategia Civil y Comercial: Analizamos cada caso desde su viabilidad inicial para evitar gastos innecesarios y buscar el mejor resultado posible.


Uso del Expediente Digital: Aprovechamos las herramientas del expediente digital en la Provincia de Buenos Aires para que usted esté informado en tiempo real, sumado a nuestra presencia constante en los tribunales locales.


❓ Preguntas Frecuentes sobre el Juicio de Escrituración

1. ¿Qué es un juicio de escrituración y cuándo es necesario? Es el proceso para obligar legalmente al vendedor a otorgar la escritura traslativa de dominio cuando ya se ha pagado el precio y se posee el boleto de compraventa pero la parte vendedora se demora u opone.


2. ¿Qué pasa si el vendedor vendió la propiedad a dos personas distintas? En casos de "concurrencia de boletos", el Derecho Civil argentino prioriza al primer comprador que obtuvo la posesión de buena fe. Nos encargamos de demostrar su derecho para anular el segundo boleto y obtener su escritura.


3. ¿Cómo inicio un proceso de usucapión? Si usted posee un inmueble de forma pública, pacífica e ininterrumpida por más de 20 años, puede iniciar este proceso para obtener el título de propiedad a su nombre. Realizamos el plano de mensura y toda la gestión judicial necesaria.


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Abogada especialista en Juicios de Escrituración en Mar del Plata: Obligación de Escriturar, Boletos de Compraventa y Transferencia de Dominio - Dra. Fernanda Panizo
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